Acceder a un piso de protección oficial no tiene porque ser un proceso complicado. Solo tienes que conocer los pasos y cumplir con los requisitos.
Lo que sí es un problema, es la escasa oferta de promociones de vivienda de protección oficial en particular, y de vivienda protegida en general.
Por eso, dominar el proceso, ser rápido y estar preparado, te acercará mucho más a tu objetivo: comprar o alquilar tu vivienda de protección oficial en Sant Andreu de La Barca, o en cualquier población en la que quieras vivir.
Diferencia entre VPO, vivienda protegida y vivienda libre
En resumen, una vivienda protegida es aquella que está regulada tanto en precio de venta y alquiler como en características.
A cambio, la empresa encargada de llevar a cabo la construcción de las viviendas, recibe una serie de ayudas que disminuyen el coste de la obra.
Contrariamente a lo piensa la mayoría, no solo existe un tipo de vivienda protegida.
Dependiendo de las limitaciones, del grado de protección y de la Comunidad Autónoma, podemos encontrar los siguientes tipos de pisos de protección oficial.
Tipos de vivienda protegida
Las siglas VPO hacen referencia, de forma genérica, a la Vivienda de Protección Oficial. Así es como la conocemos la mayoría de no expertos.
No obstante, a lo largo de los años, cada Comunidad Autónoma ha implantado sus propias siglas, atendiendo a distintos criterios como sus características o nivel de protección.
Por ejemplo, en Madrid, la vivienda protegida se divide en Vivienda Protegida de Precio Limitado (VPPL) y Vivienda de Protección Pública Básica (VPPB).
Sin entrar en demasiados detalles, te diré que la mayor diferencia entre ambas es que las VPPL solo se pueden promover en terrenos destinados a vivienda libre.
Otras siglas que puedes haber escuchado o leído son las VPP y las VPA. Se utilizan en muchas comunidades autónomas, como por ejemplo en Galicia.
Las VPP son Viviendas Protegidas de Promoción Pública, y las VPA son Viviendas de Protección Autonómica.
La diferencia entre ambas radica en el promotor. En el primer caso, debe ser la competencia autonómica quien promueva la obra, mientras que en el segundo caso, puede ser tanto un promotor público como un promotor privado.
En el caso de Catalunya, la vivienda de protección oficial se divide en promociones de régimen especial, general y concertado.
Como ves, las siglas VPO son quizá las más conocidas, pero podemos encontrarnos con otras formas de catalogarlas dependiendo de dónde vivamos.
¿Quién puede solicitar un piso de protección oficial en Sant Andreu de La Barca?
Explicados los conceptos más básicos sobre vivienda protegida, es hora de entrar a fondo en el tema por el que estás aquí: la vivienda de protección oficial en Sant Andreu de la Barca.
En Vivendis somos especialistas en la venta y alquiler de vivienda libre, de segunda mano y nueva, en esta población. No trabajamos con VPO.
Pero he creído que sería interesante escribir una guía sobre pisos de protección oficial ya que algunos de nuestros vecinos nos preguntan mucho sobre este tema, sobre todo pensando en sus hijos.
Y creo que la mejor forma de empezar, es averiguando si puedes solicitar una vivienda protegida. Lo primero que necesitas saber, es que las VPO están pensadas para ser utilizadas como primera y única vivienda.
Ten en cuenta que se ponen en venta muy pocas unidades y que se ofrecen a precios mucho más asequibles, que otros pisos del mercado libre. Por eso existen restricciones en cuanto a su uso.
Por ejemplo, si compraras una propiedad a un particular, al día siguiente podrías ponerla en alquiler sin ningún problema.
En cambio, al adquirir un piso de protección oficial, estarás aceptando la condición de utilizar esa vivienda como residencia habitual, al menos durante los primeros 10 años.
Aclarado esto, veamos si cumples con los requisitos para solicitar una casa de protección oficial.
Requisitos para ser solicitante de un piso de protección oficial
- Inscribirse en el Registro de Solicitantes de Vivienda Protegida
- Ser mayor de edad o estar emancipado o emancipada
- Vivir en Sant Andreu de la Barca u otro municipio de Cataluña
- Demostrar tener la necesidad de una vivienda bien por no disponer de una, o por disponer de una inadecuada para ser habitada
- Cumplir con el límite de ingresos establecido por la normativa
- No estar en circunstancias de exclusión*
- Estar capacitado para comprometerse contractualmente
- Cumplir con los requisitos de inscripción en el registro al presentar la solicitud y durante el periodo de vigencia
*Las situaciones que, según el reglamento del Registro de Solicitantes de Vivienda de Protección Oficial, son motivo de exclusión del mismo, son haber renunciado sin causa justificada a un procedimiento de adjudicación o a la vivienda adjudicada, o que el Registro constate el incumplimiento del reglamento en el momento del registro a posteriori, y revoque dicha inscripción.
Durante los 5 años posteriores a la revocación o a la renuncia, el solicitante no podrá volver a inscribirse en el Registro.
¿Qué significa tener necesidad de vivienda?
Una de las condiciones para que se admita tu solicitud de inscripción, es que acredites tu necesidad de vivienda bien porque no dispones de una, o porque la que tienes no cumple con las condiciones necesarias para ser habitada.
Por tanto, y así lo expresa el reglamento, tu solicitud no será admitida si se cumple alguna de las siguientes situaciones.
Por ejemplo, que ya dispongas de una vivienda apta de protección oficial en tu comunidad autónoma o en cualquier otra parte del Estado, o que disfrutes de un derecho de superficie o usufructo sobre la misma.
Tampoco se admitirá tu solicitud si dispones de una vivienda libre adecuada, cuyo valor catastral sea superior al 40 % del precio de la vivienda que quieres adquirir.
Existe algunas excepciones que pueden suponer el incremento de este porcentaje hasta el 60 %. Es el caso de personas mayores de 65 años, mujeres víctimas de violencia familiar y machista, familias numerosas monoparentales o personas dependientes, entre otros.
Lo que se pretende con estas medidas es garantizar que las personas solicitantes realmente tengan necesidad de una vivienda, dado que la oferta es limitada y muy inferior a la demanda.
¿Qué ingresos máximos puedo tener para solicitar una vivienda VPO en Sant Andreu de la Barca?
Como te comenté anteriormente, en Catalunya se contemplan tres tipos distintos de vivienda de protección oficial: las de régimen especial, general y concertado.
Los ingresos familiares del solicitante marcarán el tipo de promoción al que puede acceder.
Las viviendas de protección oficial de régimen especial están dirigidas a personas con ingresos medios familiares no superiores a 2,5 veces el Indicador de Renda de Suficiència de Catalunya (IRSC).
En el caso de las viviendas protegidas de régimen general, los ingresos máximos ascienden hasta 5 veces el IRSC, y 6,5 veces para las viviendas de precio concertado.
Pero será la zona en la que se encuentra la vivienda la que determinará el régimen o regímenes disponibles.
En Catalunya existen 4 zonas geográficas: A,B,C y D.
Sant Andreu de la Barca se incluye en la A y en la B, lo que posibilita que encuentres viviendas de protección oficial de régimen especial, general y concertado.
¿Cómo registrarse como solicitante de vivienda de protección oficial en Sant Andreu de La Barca?
Para acceder a las viviendas disponibles tienes que registrarte. Ya conoces los requisitos y los tipos de vivienda protegida a los que puedes acceder.
Ahora ha llegado el momento de inscribirse, y para ello dispones de dos sistemas: presencial o en internet.
Para inscribirte en el Registro de forma presencial, solo tienes que pedir cita previa en tu oficina local de Habitatge.
Puedes llamar al teléfono 936356400 donde te asignarán día y hora, y te informarán sobre la documentación que deberás presentar el mismo día de la cita. Si todo es correcto, tramitarán tu inscripción al momento.
Si optas por la tramitación online, solo tienes que acceder al Registro De Solicitantes.
Una vez tramitada, tendrás que presentar la solicitud en la oficina de Habitatge para completar el registro, aunque esta vez no será necesario que pidas cita previa.
Ventajas y desventajas de los pisos de protección oficial
Y llegamos al final. Espero de verdad que lo que has leído hasta ahora te ayude con el proceso y que tengas la suerte de conseguir tu piso de protección oficial.
He pensado que una buena forma de terminar, sería resumir en una sencilla infografía las ventajas y desventajas de la vivienda de protección oficial.
Algunas ventajas son muy claras, como por ejemplo el precio. Pero a veces nos dejamos llevar por el entusiasmo del momento y olvidamos que todo tiene su parte negativa, incluso las VPO.
Si has leído todo el artículo, ya conoces algunas de ellas. La primera y más importante: una VPO es para vivir en ella y alquilarla o venderla no es tan fácil como con la vivienda libre.
Otra desventaja importante es la escasez de oferta. Pueden pasar años hasta que consigas tu piso protegido.
Y esto me lleva a la tercera razón por la que una vivienda de protección oficial no siempre es la mejor opción, aunque lo pueda parecer.
La falta de promociones puede llevarte a zonas en las que no quieres vivir. Al final tendrás que desplazarte allí donde surja la oportunidad, y puede que no sea el mejor lugar para ti.
Quizá no sea mala idea esperar un poco y buscar un piso en alguna zona en la que los precios de la vivienda privada sea más asequible.
Si te animas, puedes echar un vistazo a nuestro buscador. Si encuentras algo que te guste, no dudes en llamarnos.
Es posible que podamos echarte una mano con la financiación y acabes comprando la casa que quieres, donde quieres y antes de lo esperado.
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